Veri*Factu: entrada en vigor y calendario de obligaciones
¿Cuándo empieza a ser obligatorio Veri*Factu? Las fechas clave, quién tiene más tiempo y qué ocurre si llegas tarde. Calendario completo actualizado a 2026.
Dos plazos, dos protagonistas
El Real Decreto 1007/2023 establece una entrada en vigor escalonada con dos fechas distintas según si eres el fabricante del software de facturación o el usuario que emite facturas. No es un error: el legislador quiso dar tiempo a los desarrolladores para adaptar sus programas antes de exigírselo a los obligados tributarios.
Calendario oficial
| Fecha | Quién | Obligación |
|---|---|---|
| 1 julio 2025 | Fabricantes y comercializadores de software de facturación | Sus programas deben cumplir los requisitos técnicos del RD 1007/2023 y la OM HAC/1177/2024. No pueden vender ni distribuir software no conforme a partir de esta fecha. |
| 1 enero 2026 | Empresarios y profesionales obligados (autónomos y pymes no SII) | Deben usar un programa de facturación conforme a Veri*Factu para todas las facturas que emitan. |
| Ya activos | Grandes empresas en SII (> 6M € de operaciones) | Quedan excluidos de Veri*Factu; el SII es su sistema equivalente. |
¿El plazo del 1 de enero de 2026 ya ha pasado?
Sí. A fecha de publicación de este artículo (mayo de 2026), la obligación ya está en vigor para autónomos y pymes. Si aún no has adaptado tu software de facturación, estás fuera de plazo.
La AEAT no ha publicado ningún período de gracia formal, aunque en la práctica los primeros meses de cualquier nueva obligación tributaria suelen tener un nivel de inspección menor mientras el sistema madura. Eso no significa que no exista riesgo; significa que el riesgo es menor ahora que dentro de un año.
¿Puede haber más retrasos o aplazamientos?
Históricamente, la entrada en vigor de Veri*Factu acumuló varios aplazamientos desde su anuncio inicial. El RD 1007/2023 fue aprobado en diciembre de 2023, la OM HAC/1177/2024 no llegó hasta octubre de 2024, y el plazo original para software se movió más de una vez.
Dicho esto, desde enero de 2026 el sistema está operativo y la AEAT está recibiendo registros. Esperar a un nuevo aplazamiento que no está anunciado es una estrategia de riesgo elevado.
¿Y Veri*Factu en 2027?
No hay, a día de hoy, una nueva fecha normativa anunciada para 2027. Lo que sí se espera es que la AEAT intensifique la vigilancia y el cruce de datos a medida que el volumen de registros acumulados en el sistema crezca. En 2027, Hacienda tendrá más de un año de histórico de facturas de millones de contribuyentes: ese es el momento en que la utilidad del sistema para detectar irregularidades aumenta exponencialmente.
Qué pasa si no cumples los plazos
El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria tipifica el uso de sistemas informáticos que no cumplan los requisitos como infracción tributaria. Las sanciones pueden llegar a:
- 150.000 € por ejercicio si el software no cumple los requisitos técnicos.
- 50.000 € por ejercicio si se permiten comportamientos prohibidos (borrado, modificación sin registro, doble base de datos…).
Estas sanciones van dirigidas principalmente a los fabricantes de software no conforme, pero el usuario que use conscientemente ese software también puede ser sancionado. Lo más sensato es usar un programa que ya cumpla y que pueda demostrarlo (certificación o declaración responsable del fabricante).
Cómo saber si tu software ya cumple
Pregunta directamente al proveedor de tu programa de facturación si cumple el RD 1007/2023 y la OM HAC/1177/2024, y pídele la declaración responsable de conformidad prevista en el artículo 8 del RD. Esa declaración es el documento que te protege en caso de inspección.
Si usas Simple*Factu, el sistema envía directamente a la AEAT en tiempo real mediante mTLS con tu certificado FNMT. Cada factura genera un CSV de verificación que puedes consultar en la sede electrónica de la AEAT. Eso es cumplimiento demostrable.
Resumen del calendario
- Julio 2025: fabricantes de software obligados a tener programas conformes.
- Enero 2026: autónomos y pymes obligados a usarlos. Ya en vigor.
- SII (grandes empresas): quedan excluidos; su sistema ya es equivalente.
- 2027 en adelante: no hay nuevas fechas anunciadas, pero la vigilancia aumentará.
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